EL GOBIERNO AMPLIA PLAZO, HASTA EL 1 DE ENERO DE 2026, PARA CUMPLIR CON EL REGLAMENTO VERI*FACTU PARA QUE EMPRESARIOS Y PROFESIONALES ADAPTEN SUS SISTEMAS INFORMÁTICOS A LA NUEVA NORMA SOBRE FACTURA ELECTRÓNICA.
En el BOE del día 2 de abril de 2025, se ha publicado el Real Decreto 254/2025, de 1abril, por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
Con este Decreto, se da un mayor margen de adaptación de los sistemas informáticos a los empresarios y profesionales (contribuyentes del Impuesto de Sociedades), en concreto se amplía hasta el 1 de enero de 2026, respecto a la fecha prevista de 1 de julio de 2025. Para el resto de los obligados tributarios el plazo límite para su aplicación se establece en el 1 de julio de 2026, para facilitarles su adaptación en la medida que no están sometidos a las mismas obligaciones que los anteriores.
Los productores y comercializadores de los sistemas informáticos deberán ofrecer sus productos adaptados al Reglamento en el plazo de nueve meses siguientes a la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.
Mencionar que también se modifica el art.4 del Reglamento para evitar que los obligados tributarios que llevan los libros registros de facturación, mediante el suministro inmediato de información (SII), queden sujetos a esta norma, cuando expidan la factura correspondiente a operaciones documentadas mediante facturas expedidas materialmente por el destinatario de la operación.
Se espera, que la AEAT, pondrá en su sede electrónica una aplicación gratuita de facturación en modalidad Veri*Factu, para aquellos contribuyentes que emitan un número reducido de facturas.
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