Las vacaciones, los días festivos y los descansos en la jornada diaria constituyen los permisos laborales retribuidos a los que tienen derecho los trabajadores y se deben comunicar con previo aviso.  Sin embargo, existen otros permisos igualmente retribuidos a los que pueden acogerse los asalariados. Los más conocidos son los causados por matrimonio, defunción o nacimiento de un hijo, pero la normativa contempla más casos.