La Seguridad Social establece una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas por contingencias comunes respecto del personal investigador. Tienen derecho a ella los trabajadores incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que, con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa dedicada a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, se dediquen a la realización de estas actividades.