Los beneficiarios de prestaciones por maternidad desde 2014 pueden reclamar las retenciones indebidas del IRPF

En reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha declarado que el importe percibido en las prestaciones por maternidad está exento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por ello, los contribuyentes que incluyeron el importe de esta prestación en sus declaraciones de IRPF de los últimos ejercicios (2014, 2014, 2016 y 2017) pueden solicitar la devolución de lo indebidamente percibido por la Agencia Tributaria. Los años anteriores a 2014 se encontrarían prescritos.

Hay que tener en cuenta que las prestaciones por maternidad alcanzan no sólo a la madre perceptora de la prestación, sino también a aquellos casos en que la madre ha cedido parte del disfrute al padre.

Según estima la OCU, la cuantía a devolver podría oscilar entre los 1000 y los 2600 euros, dependiendo, lógicamente, de la prestación recibida y del tipo de renta marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente.

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