La campaña del Impuestos sobre Sociedades de 2015, que finalizará el 25 de julio, aplica por primera vez la reforma fiscal. La nueva ley, en vigor desde enero de 2015, introduce importantes modificaciones como el tratamiento de la compensación de bases imponibles negativas o de la doble imposición sobre beneficios, novedades en los tipos de gravamen, la modificación de las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades, la introducción de la reserva de capitalización y de la reserva de nivelación y la regulación de un extenso régimen transitorio.

Las principales novedades que incluye la nueva ley sobre este impuesto pasan por la nueva interpretación del concepto de actividad económica entendida como persona contratada a jornada completa dedicada a actividad de arrendamiento, sin necesidad de local destinado a la actividad de arrendamiento. Además, se limita la deducción en el ejercicio por el deterioro del inmovilizado material, inversiones inmobiliarias, inmovilizado intangible, instrumentos de patrimonio y valores representativos de deuda.

La deducibilidad de gastos financieros se mantiene con el 30% del beneficio operativo y no se deducen los  rendimientos de préstamos participativos. Se fija la deducibilidad de hasta el 1% de las atenciones a clientes o proveedores así como deducibilidad de indemnizaciones por despido inferiores a 1.000.000 euros o lo que establezca el Estatuto de los Trabajadores.

En las pequeñas y medianas empresas, el importe de la cifra de negocios del año anterior debe ser inferior a 10.000.000 euros, de modo que se elimina la libertad de amortización para inversiones de escaso valor inferiores a 601,01 euros, se crea la libertad de amortización del inmovilizado material de hasta 300 euros y se establece la reserva de nivelación de bases imponibles de hasta el 10% del importe de la BI. También se establece que la reversión se podrá aplicar a medida que la entidad obtenga BINs con un límite de 5 años y, transcurridos esos 5 años de integración en BI, las cantidades objeto de minoración se incrementarán en un 5%.

Además se crea una nueva Reserva de Capitalización y se limita la compensación de Bases Imponibles negativas al 60% de la BI del ejercicio previo a la compensación de la reserva de capitalización hasta un máximo de 1.000.000 euros. La Administración solo podrá revisar BINs de un máximo de 10 años y se mantiene la limitación de compensación de BINs para empresas cuyo volumen de operaciones sea mayor a 6.000.000 euros del ejercicio anterior.