El Gobierno aprobó el pasado viernes un Decreto-ley de medidas urgentes cuyo objetivo es la lucha contra la precariedad laboral y de protección social. Una de las medidas tomadas para ello es el registro horario de la jornada laboral.

Según la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, la medida trata de garantizar el registro de la jornada con el detalle diario del horario de inicio y finalización de cada trabajador, sin perjuicio de la flexibilidad horaria. Dicho registro se documentará y organizará a través de la negociación colectiva, acuerdo de empresa o por decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores.

Estos registros deberán ser guardados por la empresa durante cuatro años y permanecer a disposición del trabajador, sus representantes y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

A partir de la publicación de esta norma en el BOE, las empresas contarán con dos meses para adoptar esta medida. Es decir, los trabajadores deberán empezar a fichar a partir del 12 de mayo diariamente. En caso de no cumplirla, se considerará infracción grave y podrán enfrentarse a sanciones. Estas penalizaciones pueden acarrear multas de entre 626 y 6250 euros para las empresas y nos son individualizadas, es decir, aunque se detecten que la infracción a perjudicado a varios trabajadores, se impondrá una sola multa.

De esta forma, se trata de impedir situaciones de precariedad laboral denunciadas a la Inspección de Trabajo como “trabajadores que están contratados a tiempo parcial pero lo hacen completo” o “horas extra que ni se pagan ni cotizan a la Seguridad Social”. “La introducción del registro de jornada debe contribuir a corregir la situación de precariedad, bajos salarios y pobreza que afecta a muchos de los trabajadores que sufren abusos en su jornada laboral”, según afirma el Gobierno.