El Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía municipal) en los casos en los que hay pérdidas en los inmuebles transmitidos por depreciación del terreno. La sentencia no declara ilegal la plusvalía municipal, sino que dice que no es constitucional en los casos en los que la venta del inmueble no generó una ganancia.