Según una sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, constituye delito de falsedad en documento oficial, en la modalidad de simulación, la manipulación fraudulenta del tacógrafo de un vehículo con la finalidad de falsear los registros de dicho instrumento para eludir los controles policiales y administrativos. Esto se debe a que los registros del tacógrafo se consideran documentos oficiales que tienen efectos jurídicos-penales.

El tacógrafo almacena información en su memoria interna, por lo que constituye un documento electrónico para obtener la información registrada, por lo que se reconoce la naturaleza oficial del documento.

En la sentencia en cuestión, la sala condena a seis meses de prisión y al pago de una multa de 1080 euros por un delito de falsedad documental, en la modalidad de simulación sancionable -penalmente conforme al artículo 392 del Código Penal (LA LEY 3996/1995), en relación con el artículo 390.1.2º del mismo texto legal-, a un camionero que colocó un imán en la parte metálica del sensor de movimiento del tacógrafo, que generaba registros de inactividad cuando en realidad estaba en funcionamiento por “simular un documento en todo o en parte de manera que induzca a error sobre su autenticidad”. Se produce la creación “ex novo” de un documento que induce a error sobre su autenticidad objetiva al reflejar unos datos de registro, precisamente aquellos que justifican la propia existencia del tacógrafo, absolutamente falsos y distintos de los reales. La previa manipulación del tacógrafo determina que todo el documento generado sea falso, porque expresa una realidad inexistente, con afectación directa de la función probatoria del documento en cuestión”, subraya la Sala.

 

Fuente: E Digital.