El Consell abre el 15 de julio el plazo para solicitar las ayudas directas a personas autónomas para paliar el incremento de costes energéticos.

Los autónomos podrán solicitar desde el 15 de julio la ayuda de 300 euros que otorgará la Generalitat Valenciana para combatir el incremento de los costes energéticos, derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, de aquellos trabajadores dados de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) y en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAEs) en los subsectores que se han visto afectados.

Para acceder a la ayuda, será necesario cumplir una serie de requisitos. Podrán solicitar la ayuda las personas físicas que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad Valenciana, que acrediten mediante una declaración responsable que se han visto afectadas económicamente por el incremento de los costes energéticos y que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Autónomos desde el 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGV. Además, para acceder a las ayudas será necesario que las personas trabajadoras autónomas estén inscritas en alguno de los 343 epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) indicados en el decreto como actividades más afectadas por el incremento de costes energéticos y de producción.

Las solicitudes de ayuda se tramitarán y resolverán por estricto orden de entrada, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos.

Podrás presentar tu solicitud, mediante dos sencillos trámites:

  1. El primero de ellos será el de la solicitud de cita previa y se iniciará a las 09.00 h del 15 de julio y finalizará a las 23.59 h del 22 de julio de 2022. Para este trámite de cita previa no será necesaria la firma electrónica y únicamente servirá para indicar a las personas solicitantes una fecha y franja horaria concreta en la que podrán acceder al procedimiento telemático de gestión de la ayuda. En esta fase únicamente deberá introducirse la identificación fiscal del solicitante de las ayudas, no de la persona representante, un correo electrónico y un teléfono de contacto. El sistema informará de la franja de tiempo y día asignado para presentar la solicitud.
  2. En el segundo trámite de la solicitud, en el que se gestionará propiamente la ayuda de apoyo a las personas trabajadoras autónomas, sí que seránecesaria la firma electrónica y sólo estará accesible para las y los interesados dentro del plazo asignado en la fase de cita previa. A partir de este momento se presentará la solicitud, mediante un formulario electrónico que deberá firmarse electrónicamente al final del trámite de presentación. Se harán constar, los siguientes extremos:

a)NIF del solicitante de la ayuda.

b) Domicilio fiscal del trabajador autónomo.

c) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos de la Ley General de Subvenciones.

d) Declaración responsable en la que el interesado manifieste que no ha recibido un importe superior a los límites establecidos (35000 € sector primario, 400000 € resto de sectores).

e) Declaración responsable de que lo interesados se han visto afectados económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania.

f) Declaración de otras ayudas percibidas en relación con lo establecido en el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda para apoyar a la economía tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

g) En el formulario de solicitud se incluirá la información de domiciliación bancaria en la que se recibirá el pago de la subvención.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat a través del procedimiento ‘Solicitud de ayuda de apoyo a las y los trabajadores autónomos, inscritos como tales en el Régimen Especial de Autónomos, que desarrollan su actividad en los subsectores que se han visto especialmente afectados por el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia’. No obstante, todas las personas interesadas tendrán a su disposición en la página web de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico la información sobre la convocatoria, los documentos requeridos y un acceso directo a la sede electrónica para formular la solicitud.