Los miembros de una sociedad pueden separarse en el caso de falta de distribución de dividendos en sociedades no cotizadas. Este derecho viene regulado en el artículo 348.bis de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) que se encontraba suspendido hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2017. ¿Qué requisitos se deben cumplir para poder ejercitar este derecho de separación en la sociedad?