El pasado 6 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 15/2017 de medidas urgentes en materia de movilidad de operadores económicos. Permite a las empresas cambiar su domicilio social sin necesidad de contar con el visto bueno de la junta de socios. Este nuevo procedimiento se aplicará a todas las empresas salvo aquellas cuyos estatutos incluyan una “mención expresa” por la que el órgano de administración no pueda ser competente para el cambio de sede.