Acordar el pago de un recargo del 20% en las cuotas comunitarias, para el caso de impago en el plazo establecido, no sólo es legal, sino que no requiere ser aprobado por unanimidad. La Audiencia Provincial de Málaga, en sentencia de 5-12-2017 revoca la sentencia dictada en primera instancia, que declaró nulo el acuerdo comunitario impugnado, y declara la validez del mismo por haber sido adoptado por mayoría y no ser necesaria la unanimidad. La junta de propietarios acordó establecer…