El Tribunal Supremo establece que la negativa de un conductor a someterse a una segunda prueba de alcoholemia, tras ser requerido por un agente de la autoridad y haber dado positivo en el primer test, es delito según el Código Penal con pena de seis meses a un año de prisión. La sentencia destaca queEl TS ve delito negarse a la segunda prueba de alcoholemia
La Directiva Europea 2011/82/UE permite imputar responsabilidad por las multas de tráfico cometidas en el extranjero mediante el intercambio de información entre los países miembros. Así, si hace unos años al cometer una infracción fuera de España resultaba más complicado recibir la notificación correspondiente en el domicilio, actualmente la responsabilidad en la sanción es efectiva,Las multas de tráfico en el extranjero sí se pagan en España