La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado una sentencia en la que estudia la denuncia de un condenado por maltrato a su víctima, por haber compartido una resolución judicial en su muro de Facebook y estado de Whatsapp. La víctima divulgó la sentencia por la que se condena al denunciante, como autor deAgencia de Protección de Datos: La comunicación de los datos del condenado, llevada a cabo por la víctima, está justificada en la regla de la ponderación de intereses
Una reciente y novedosa resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ha declarado que el hecho de incluir en un grupo de WhatsApp a un usuario, sin su consentimiento, es una infracción grave, por vulnerar el derecho a la privacidad y, en caso de haberse aportado más datos, por la revelación dePROTECCIÓN DE DATOS: GRUPOS DE WHATSAPP
La AEPD publica un sistema de notificación electrónica para comunicar la designación de Delegados de Protección de Datos, para que las Administraciones Públicas y las entidades privadas (obligadas a designar un Delegado de Protección de Datos) puedan comunicar este nombramiento.
El incidente ocurrió el pasado mes de julio y afectó al buzón de correos de algunos usuarios de LexNET. En concreto, este fallo permitía a terceras personas el acceso al buzón de otro usuario, sin embargo, no posibilitaba la lectura de mensajes que no hubiesen sido abiertos anteriormente, por el usuario legítimo.
La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado la Guía de Análisis de Riesgo y la Guía de Evaluación de Impacto en la Protección de Datos, dos herramientas muy esperadas que tienen como objetivo facilitar a las organizaciones su adaptación a la nueva normativa de Protección de Datos de Carácter Personal.
Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento si resultan adecuados y pertinentes, en relación con el ámbito y las finalidades –explícitas y legítimas- para las que se hayan obtenido. No podrán usarse para otros propósitos incompatibles para los que fueron recogidos inicialmente.
Como venimos informando en las últimas semanas, el próximo mes de mayo entrará en vigor la nueva normativa en materia de protección de datos personales. Una de las nuevas medidas incluidas en la normativa es que algunas empresas deberán contar con un delegado de protección de datos.
La futura Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) regulará el procedimiento para que los herederos puedan tener acceso a los sistemas de almacenamiento de información a través de internet o en la nube. El nuevo texto pondrá solución a los problemas que planteaba que el destinatario del testamento no pudiera o encontrara dificultades paraNovedades que se incluyen en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos
Los delitos que cometa un empleado contra la privacidad de los datos personales y la seguridad de los sistemas de información pueden generar responsabilidad penal de la empresa para la que trabaje. Así lo establece el Tribunal Supremo si considera que la mercantil no ha adoptado las medidas de prevención necesarias para evitar su comisión,Las empresas serán las responsables de los ciberdelitos de sus empleados