Se ha publicado en el DOGV el Decreto 126/2025, de 5 de septiembre, por el que se incrementa el importe de las ayudas concedidas para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante la DANA, y se abre un nuevo plazo extraordinario para la presentación de nuevas solicitudes, para las siguientes convocatorias de ayudas:
-Ayudas destinadas a personas físicas (incluidos autónomos) para vehículos siniestrados.
-Ayudas destinadas a personas físicas y jurídicas, para vehículos siniestrados.
En el caso de solicitudes ya presentadas o adjudicadas en el marco de alguno de los anteriores Decretos, se duplica la ayuda ya concedida de forma automática:
La Agencia Tributaria Valenciana (ATV) será la encargada de tramitar el incremento, se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria en la que se abonó a las personas beneficiarias la ayuda inicial.
Cuando una solicitud estuviese pendiente de concesión, se procederá a conceder el incremento de la ayuda una vez sea concedida la ayuda inicial.
Se establece un plazo de cinco días hábiles tras su publicación en el DOGV para posibles renuncias al aumento por parte de las personas beneficiarias.
En el caso de vehículo afectado a la actividad de un empresario o profesional, la Administración podrá solicitar con carácter previo al pago del incremento de la ayuda una declaración de que no ha recibido ayudas de minimis (que incluido el incremento) excedan los límites establecidos en el reglamento de minimis que resulte de aplicación.
En el caso de solicitudes no presentadas, se habilita un nuevo plazo extraordinario para nuevas solicitudes, del 1 al 22 de octubre de 2025. No podrán presentar nuevas solicitudes de las ayudas aquellas personas que ya hubieran presentado una solicitud de ayuda en los procedimientos regulados en los decretos 5/2025 y 83/2025, salvo que se tratase de un vehículo distinto. Las solicitudes se presentarán en la forma establecida en el Decreto 83/2025 y les será de aplicación el régimen jurídico establecido en dicho decreto.
