Los subsidios por desempleo se pueden compatibilizar con el trabajo por cuenta ajena en el caso de los trabajadores desempleados mayores de 52 años. Estos deberán estar inscritos en las oficinas de empleo, ser beneficiarios de cualquier subsidio y siempre que sean contratados a tiempo completo, de forma indefinida o temporal y que la duración del contrato sea superior a tres meses.