El Tribunal Constitucional ha anulado el impuesto sobre las plusvalías que grava la revalorización de los inmuebles cuando son vendidos aunque hayan perdido valor. Considera que no es expresiva de la capacidad económica del contribuyente. Sin embargo, sí deberán pagarla quienes al vender un inmueble obtengan una ganancia con la operación. Así, extiende la decisión que había adoptado para el territorio foral de Guipúzcoa a todo el Estado.