El Tribunal Supremo establece que la negativa de un conductor a someterse a una segunda prueba de alcoholemia, tras ser requerido por un agente de la autoridad y haber dado positivo en el primer test, es delito según el Código Penal con pena de seis meses a un año de prisión. La sentencia destaca que las dos mediciones de alcohol deben considerarse dos fases de una única prueba y que la segunda es garantía de los derechos del conductor y…