Según una sentencia llevada a cabo el pasado 21 de junio de este año, los Estados miembros no pueden obstaculizar el derecho de residencia de los cónyuges del mismo sexo europeos aunque los gobiernos de estos países conserven la libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual. El Tribunal analiza la posibilidad de reconocer un matrimonio, legalmente contraído en el extranjero entre un ciudadano de la Unión y su cónyuge del mismo sexo, nacional de un tercer Estado, en relación…