Agencia Tributaria

Cómo recuperar el IVA soportado en el extranjero

La devolución del IVA es un derecho que puede reclamar un profesional autónomo o empresa que a lo largo del ejercicio económico haya tributado más IVA del que haya percibido. La Agencia Tributaria establece el modelo 360 para solicitar la recuperación de la cantidad pagada de más.

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El Sistema Inmediato de Información (SII) inicia su periodo de pruebas

Comienza el periodo de pruebas del nuevo sistema de llevanza de los libros de IVA para grandes empresas, que implicará remitir información de las facturas casi en tiempo real y que entrará en funcionamiento el próximo 1 de julio. El periodo excepcional de pruebas del suministro inmediato de información (SII) del IVA se extenderá del 19 al 29 de junio para que entre en vigor de manera oficial el 1 de julio.

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Implicaciones fiscales y mercantiles de las empresas inactivas

Las empresas inactivas son aquellas que han cesado oficialmente en su actividad. Este hecho supone la presentación ante la Administración Tributaria de una declaración censal de modificación (modelo 036/037) para no seguir trabajando pero, sin embargo, aún no se han disuelto. En esta declaración se va a determinar que la sociedad deja de ejercitar todas las actividades económicas y también la fecha en la que efectivamente se ha cesado en ellas.

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Novedades en la Campaña de la Renta sobre las cláusulas suelo

La Agencia Tributaria avisará en las declaraciones de los contribuyentes afectados por cláusulas suelo de que tienen una incidencia por este asunto, con el fin de que cumplimenten correctamente la declaración antes de presentarla. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha solicitado declaración informativa específica a las entidades financieras para que les aporten información sobre los importes devueltos por las cláusulas suelo a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a su devolución.

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Las claves del modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas

El modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas. Aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades empresariales o profesionales, deberán presentar este modelo, siempre que hayan superado el importe de 3.005,06€ en las operaciones durante el año natural con un mismo proveedor o cliente. La declaración de este modelo es de carácter obligatorio y deberá presentarse durante el mes de febrero del ejercicio siguiente al que se refieran las operaciones con terceros.

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