Las empresas que cambien de puesto de trabajo a una empleada por riesgo en el embarazo o la lactancia natural y la destinen a una función compatible con su estado seguirán teniendo derecho a una bonificación del 50 % en las cotizaciones a la Seguridad Social. Así lo recoge el proyecto de ley de Presupuestos del Estado para este 2017, que incluye una disposición adicional que se ha venido aplicando en los últimos años.

El Gobierno ha establecido que las empresas que destinen a sus trabajadoras con riesgo en el embarazo o durante la lactancia natural a otro puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado recibirán una bonificación del 50% en sus aportaciones en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Este beneficio también se aplica en el caso de cambio de puesto a los empleados con enfermedad profesional, siempre que la nueva ocupación sea compatible con su estado.

Esta exigencia se incluye en una disposición adicional del proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2017, donde se pone de relieve que esta bonificación se aplicará con respecto a las cuotas devengadas durante la permanencia de las trabajadoras que se encuentren en ese estado en el nuevo puesto de trabajo o función.

En el proyecto de Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno confirmó que prevé un aumento del 11% del gasto de 2017 para el conjunto de prestaciones que aparecen vinculadas a la cesación temporal en el trabajo por nacimiento de hijo, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia con una dotación de 2.450 millones de euros.

Según los datos de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), el año pasado se concedieron en España prestaciones por riesgo en el embarazo a casi 79.000 mujeres, un 4,8 % más que en el 2015, lo que supuso el pago de más de 340 millones de euros en subsidios.