El Consejo de Ministros ha aprobado los dieciséis convenios de colaboración con las CCAA (excepto País Vasco y Navarra) e INGESA, para el control de la incapacidad temporal (IT) en el período 2017-2020. Además, ha fijado los créditos destinados a financiar estos acuerdos. Persiguen mejorar la colaboración y coordinación entre los Servicios Públicos de Salud de las CCAA y las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social para el control eficaz de esta prestación.

Todos los acuerdos contemplan dos apartados: un programa de actividades para modernizar la prestación de IT, al que se supedita el 60% del crédito, y unos objetivos de racionalización del gasto para cada año, para los que se reserva el 40% restante.

Los convenios autorizados cubren el periodo temporal hasta 2020. Incorporan algunas novedades relativas a la distribución de los créditos para la financiación de la mejora de la gestión y del control de los procesos de IT. Así, aumenta del 20% al 22% el porcentaje de crédito destinado a la transmisión telemática de partes médicos de baja, confirmación y alta. La correcta cumplimentación de los partes es clave para que el traslado de la información gane en agilidad y calidad.

Se incrementa también la formación de los médicos de atención primaria para que conozcan las circunstancias que atañen a la IT como prestación en la que participan los Servicios Públicos de Salud (SPS). Además, se intensifica el acceso telemático a las historias clínicas de atención primaria. La información de los SPS es básica para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) pueda conocer las dolencias de los trabajadores y valorar la recuperación o incapacidad de estos. Además se avanza en la equiparación en el acceso al historial en atención especializada.

También aumenta la asignación de crédito a la gestión de las propuestas de alta que envían las mutuas colaboradoras  a los SPS con el objetivo de que estos se impliquen en esas valoraciones, y al objetivo de racionalización del gasto. En ambos casos, la meta es asegurar que el gasto del Sistema se destina a su objetivo primordial que es proteger adecuadamente a los trabajadores que se encuentran incapacitados para el trabajo.